El pasado 14 de octubre se llevo a
cabo el FORO: LA COPIA PRIVADA Y SU VIABILIDAD EN COLOMBIA, organizado por ODAI
(Observatorio Iberoamericano del Derecho de Autor), con el apoyo del Ministerio
de Cultura, de CECOLDA (Centro Colombiano del Derecho de Autor),
de la Cámara de Comercio de Bogotá y CRS (Coalición Regional de Servicios). Este
foro tenía como fin dar a conocer el concepto de copia privada que es una excepción
de derecho que funciona en por lo menos 20 países de Europa, el análisis de
cómo funciona y finalmente si es viable para Colombia o no aplicarla.
La tecnología ha traído consigo estragos
de gran impacto para el medio artístico, como lo es la piratería y también el uso
indiscriminado de material que pertenece a escritores, músicos, cineastas o
afines, sin buscar su aprobación o sin
generar algún tipo de ingreso para los artistas por ello. Por esta razón desde
hace varios años en países de Europa, empezaron a crear leyes y derechos que
permitieran que el impacto del libre albedrio con la copia de material de autor,
generara por lo menos una remuneración compensatoria por los daños causados por
los aparatos que hoy en día permiten copiar, trasladar y reproducir material de
autor sin ningún control.
QUE ES LA COPIA
PRIVADA
Es una excepción
al derecho exclusivo de reproducción, derecho citado en (Convenio Berna, art. 9.1)¹, que
permite que una persona que haya comprado legalmente una obra sea musical
escrita o audiovisual, realice una única copia de uso privado y sin fines de
lucro directo o indirecto.
La copia privada también busca una solución deremuneración para
los autores de obras literarias, musicales y audiovisuales, por medio del pago
de una tarifa que deben efectuar los fabricantes, importadores y distribuidores
de equipos y soportes aptos para reproducir obras y prestaciones para uso
privado.
Los equipos hasta ahora establecidos son:
Fotocopiadoras Faxes Impresoras Escáneres Equipos multifuncionales Equipos de grabación de obras musicales y audiovisuales. Quemadores de
DVD y CD. Cintas de audio. CD-R/RW, DVD-R/RW PDA/móviles/Ipod/ Pendrives/flash memory/flascards
En la mayoría de países donde existe esta excepción de derecho y el funcionamiento
de copia privada, han fijado las tarifas de cobro por ley con unos criterios
determinados, la administración de este recaudo y la distribución del mismo a
los autores, lo realiza un ente creado para este tema.
QUE
VIABILIDAD TIENE LA COPIA PRIVADA EN COLOMBIA Uniandes es la institución que
presento el proyecto para dar paso a los estudios y procesos para
llegar al derecho de la copia privada. Planteo primero un estudio que permita obtener datos exactos acerca del mercado
musical, escrito y audiovisual, así como la utilización de tecnología y aparatos que permitan, la reproducción y copia
de este material sea cual sea el formato
o soporte, para encontrar una real viabilidad
del proyecto en Colombia, teniendo encuentra y como modelo el estudio y trabajo que han realizado durante
los últimos diez años frente a este tema España.
Teniendo en cuenta que todos los
mercados funcionan de manera diferente, en especial el europeo del
latinoamericano, hay algunos factores que se esperan esclarecer dentro del
estudio de mercado y son los siguientes.
Indices de piratería
La utilización aun de quipos análogos
El mercado del usado
La aprobación de este derecho es
de gran beneficio para los autores de
obras audiovisuales, escritas y musicales, por un lado por la parte monetaria, también
por los datos estadísticos tan importantes, que se recogerían mes a mes sobre
lo que realmente escuchan leen y ven los
colombianos, al igual que los medios más utilizados para llegar a ellos.
Aun está en estudio la propuesta
y luego de su aval, se tomarían seis meses comenzando desde estadísticas y
estudios hasta la ley misma. Cabe resaltar la importancia de
un derecho como estés para los artistas colombianos, dada su gran desprotección
a nivel de leyes y dados los grandes índices de piratería que año tras año
aumenta. Sin mencionar las opciones que las atritas han tenido que tomar para
sobrevivir teniendo que asumiendo el arte no como profesión remunerada, pagada
y satisfactoria, sino que por el contrario, como parte de un gran gusto o
hobby, haciendo que el nivel de creación cultural baje en el país.
¹Convenio Berna, art. 9.1: Los
autores de obras literarias y artísticas protegidas por el presente Convenio
gozarán del derecho exclusivo de autorizar la reproducción de su
obra por cualquierprocedimiento y bajo
cualquier forma
con su nombre debe ingresar como usuario registrado.